Factura electrónica B2B: ya hay fechas oficiales

9/10/2026

Llevamos años oyendo que la factura electrónica entre empresas «está al caer». Plazos que se movían, borradores, consultas públicas… y muchas empresas esperando a ver qué pasaba. Eso se ha acabado.

El 5 de octubre de 2026 el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026, la pieza que faltaba para poner en marcha la factura electrónica obligatoria B2B en España. Ya hay fechas oficiales: 6 de octubre de 2027 para las empresas que facturan más de 8 millones de euros y 6 de octubre de 2028 para todas las demás, incluidos los autónomos.

Un año o dos parece mucho tiempo. No lo es. Cambiar la forma en que tu empresa emite, recibe y controla sus facturas implica revisar procesos, datos de clientes y proveedores, software y formación del equipo. En este artículo te explicamos qué dice la norma, cuándo te toca, qué cambia en tu día a día y qué puedes hacer ya con Holded para llegar con los deberes hechos.

¿Qué ha cambiado? La Orden HAC/1028/2026 cierra el puzle

La obligación de emitir facturas electrónicas entre empresas nació con la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece), que modificó el artículo 2 bis de la Ley 56/2007. Después llegó el desarrollo reglamentario, el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. Pero faltaba una pieza: cómo funcionaría la solución pública de facturación de la Agencia Tributaria.

Esa pieza es la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, publicada en el BOE el 5 de octubre y en vigor desde el 6 de octubre de 2026. Con ella, el reloj empieza a correr oficialmente.

¿Cuándo te toca? Calendario oficial

Quién Desde cuándo Qué tendrá que hacer
Empresas y profesionales con volumen de operaciones superior a 8 M€ 6 de octubre de 2027 Emitir y recibir facturas electrónicas en sus operaciones con otras empresas
Resto de empresas, pymes y autónomos 6 de octubre de 2028 Emitir y recibir facturas electrónicas en sus operaciones con otras empresas
Autónomos (personas físicas) con volumen inferior a 8 M€ 6 de octubre de 2029 Informar además de los estados de la factura (aceptación, rechazo, pago)

 

¿Cómo saber en qué grupo estás?

El criterio es el volumen de operaciones del año anterior, tal como lo define el artículo 121 de la Ley del IVA. Es decir, el importe total (sin IVA) de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que hayas realizado.

    • Si en 2026 superas los 8 millones de euros, tu fecha es octubre de 2027.

    • Si no los superas, tu fecha es octubre de 2028.

Consejo: pídele a tu asesoría que confirme tu volumen de operaciones de 2026 en cuanto cierres el ejercicio. Es el dato que decide tu calendario.

Si aún facturas con Word o Excel, el cambio será mayor. Te lo explicamos en nuestro artículo Adiós a Word y Excel: por qué tu negocio necesita un programa de facturación.

Qué es (y qué no es) una factura electrónica

Aquí está el error más habitual: un PDF enviado por email no es una factura electrónica. Es una factura en papel en versión digital.

Una factura electrónica es un documento en formato estructurado (por ejemplo, XML o Facturae) que un programa puede leer e interpretar automáticamente, sin que nadie tenga que teclear los datos. Eso permite que la factura viaje de tu software al de tu cliente y quede registrada por la Administración.

Cómo funcionará el sistema

La Orden HAC/1028/2026 regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria, que ofrecerá tres servicios:

    1. Emisión de facturas: una herramienta pública y gratuita para generarlas.

    1. Interconexión de plataformas privadas: para que los programas de facturación y ERP (como Holded) se comuniquen entre sí.

    1. Repositorio universal: al que se envía una copia fiel de cada factura electrónica.

En la práctica, la herramienta pública servirá como mínimo legal. Pero para una empresa que emite y recibe decenas o cientos de facturas al mes, lo lógico es hacerlo desde su propio software de gestión, conectado a su contabilidad, cobros y pagos.

El cambio que más se nota: los estados de la factura

No solo cambia cómo envías las facturas. También cambia cómo recibes las de tus proveedores. Según el RD 238/2026, habrá que comunicar la aceptación o rechazo de cada factura recibida y su pago efectivo en un plazo máximo de cuatro días naturales, sin contar sábados, domingos ni festivos.

Esto tiene un objetivo claro: combatir la morosidad y saber en tiempo real quién paga y cuándo. Y una consecuencia directa para tu empresa: tu departamento de compras y tu tesorería tendrán que estar al día.

Desde Interactivos te ayudamos a preparar tu empresa para la factura electrónica obligatoria con un plan de adaptación a medida en Holded: analizamos cómo facturas hoy, qué te falta y en qué orden hacerlo. Somos Solution Partner Platinum de Holded y llevamos 26 años digitalizando empresas. Contacta ahora con nosotros.

Factura electrónica y Verifactu: no son lo mismo

Es la duda que más nos plantean nuestros clientes. Son dos obligaciones distintas, aunque un mismo software puede cumplir ambas:

Factura electrónica B2B Verifactu
Qué regula El formato y el envío de la factura entre empresas El software con el que generas y registras tus facturas
Operaciones Solo entre empresas y profesionales (B2B) Todas: a empresas y a particulares
Norma Ley 18/2022, RD 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 RD 1007/2023
Fecha Octubre 2027 (más de 8 M€) / octubre 2028 (resto) Aplazada a 2027 por el RDL 15/2025; Hacienda ha anunciado una nueva prórroga a octubre de 2028, pendiente de aprobación

Verifactu no aplica a quienes ya llevan los libros de IVA en la sede de la AEAT (SII), obligatorio a partir de 6.010.121,04 € de volumen de operaciones.

La buena noticia: si las fechas de Verifactu se alinean con las de la factura electrónica, podrás resolver las dos obligaciones con un único proyecto. Si quieres repasar Verifactu en detalle, lee Qué es Verifactu, cómo afecta a tu facturación y quién está obligado.

Qué hacer ya con Holded: plan de adaptación en 6 pasos

No hace falta esperar a 2027 para empezar. Estos son los pasos que seguimos con nuestros clientes:

    1. Confirma tu fecha. Calcula tu volumen de operaciones de 2026 con tu asesoría. Si superas los 8 M€, tienes menos de un año.

    1. Haz inventario de cómo facturas hoy. ¿Cuántas series usas? ¿Quién emite las facturas? ¿Hay facturas que salen de otros sistemas (tienda online, TPV, software sectorial)? Todo lo que no salga de un sistema único será un problema.

    1. Centraliza la facturación en Holded. En Ventas > Facturas puedes emitir facturas con numeración correlativa por serie, impuestos calculados automáticamente y envío por email sin salir de la plataforma. Y si facturas a la Administración, Holded ya genera la factura electrónica en formato estructurado (Factura-e, XML) desde la propia factura.

    1. Limpia tus datos de clientes y proveedores. NIF, razón social, dirección fiscal y condiciones de pago correctos. Con la factura electrónica, un dato mal escrito significa una factura rechazada.

    1. Conecta el resto de tus herramientas. Si vendes por e-commerce o usas software logístico, haz que las ventas lleguen a Holded automáticamente mediante integraciones API. Así todas tus facturas saldrán de un único sitio.

    1. Prepara a compras y tesorería. Con cuatro días para aceptar, rechazar e informar del pago de cada factura recibida, necesitas un circuito claro: quién revisa, quién aprueba y cómo se concilian los pagos. Holded centraliza compras, tesorería y contabilidad en una sola plataforma.

Ventaja de anticiparse: las empresas que adaptaron sus sistemas antes de que TicketBAI fuera obligatorio en el País Vasco evitaron las prisas, los errores y los cuellos de botella de última hora. Con la factura electrónica pasará lo mismo.

Por qué hacerlo con Interactivos

Holded es la herramienta, pero el éxito depende de cómo se configure y de que tu equipo sepa usarla. En Interactivos somos uno de los 6 Solution Partner Platinum de Holded en toda España, la máxima certificación oficial, y llevamos 26 años y más de 3.000 empresas digitalizadas. Nos encargamos de:

    • Implantar y configurar Holded según los flujos de cada departamento.

    • Migrar tus datos desde tu sistema actual sin parar tu actividad.

    • Integrar Holded con tu e-commerce, ERP sectorial o plataforma propia.

    • Formar a tu equipo y darte soporte continuo con nuestro servicio de Soporte Premium.

Preguntas frecuentes sobre la factura electrónica obligatoria

¿Los autónomos también están obligados? Sí. Los autónomos que facturan a otras empresas o profesionales deberán emitir factura electrónica desde el 6 de octubre de 2028, y desde 2029 informar también de los estados de sus facturas.

¿Y si solo vendo a particulares? La obligación de factura electrónica afecta a las operaciones entre empresas y profesionales (B2B). Las ventas a consumidores finales quedan fuera, aunque sí te afectará Verifactu.

¿Me sirve enviar mis facturas en PDF? No. El PDF no es un formato estructurado. Necesitarás un software que genere la factura en formato electrónico y la envíe por los canales oficiales.

¿Tengo que usar la herramienta gratuita de Hacienda? No es obligatorio. Puedes emitir desde tu propio programa de facturación o ERP conectado al sistema. Para la mayoría de empresas es la opción más eficiente, porque las facturas quedan integradas con la contabilidad, los cobros y los pagos.

¿Qué pasa si recibo una factura con errores? Podrás rechazarla, y deberás comunicarlo en el plazo de cuatro días naturales (sin contar fines de semana ni festivos) que fija el RD 238/2026.

¿Hablamos?

La factura electrónica obligatoria ya tiene fecha, y cuanto antes empieces, más fácil y más barato será el cambio. Con Holded bien configurado, no solo cumplirás la ley: ganarás control sobre tus cobros, tus pagos y tu tesorería.

Desde Interactivos te ayudamos a implantar Holded y a adaptar tu facturación a la nueva normativa, con formación para tu equipo y el acompañamiento de nuestro Soporte Premium hasta el día que entre en vigor (y después). Contacta ahora con nosotros.

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